SOBRE EL PROYECTO DE LEY CONTRA EL NEGACIONISMO
Los escritores, poetas, dramaturgos, artistas, intelectuales y profesionales que firmamos el
presente comunicado, nos oponemos al proyecto de ley contra el negacionismo
presentado al Congreso de la República por el Presidente de la República
Ollanta Humala Tasso y el Presidente del Consejo de Ministros Juan Jiménez
Mayor, el 28 de agosto de 2012, por las siguientes razones:
PRIMERO.- La Constitución vigente, en su Artículo 2°,
indica, en los incisos que señalamos a continuación, que toda persona tiene
derecho:
Inciso 3. A la
libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay
persecución por razón de ideas o creencias.
No hay delito de opinión. El
ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda
la moral ni altere el orden público.
Inciso 4. A las
libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento
mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de
comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos,
bajo las responsabilidades de ley.
Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás
medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común.
Inciso 8. A la
libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a
la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el
acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión.
SEGUNDO.- El proyecto de ley presentado al Congreso
de la República por el Presidente de la República Ollanta Humala Tasso y el
Presidente del Consejo de Ministros Juan Jiménez Mayor, el 28 de agosto de
2012, pretende incorporar el art. 316-A al Código Penal en los términos y
condiciones siguientes:
Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni
mayor de ocho años el que públicamente apruebe, justifique, niegue o minimice
los delitos cometidos por integrantes de organizaciones terroristas, previstos
en el artículo 2° del Decreto Ley N°25475 y establecidos en una sentencia
judicial firme, de modo tal que el contenido de esas expresiones resulte idóneo
y suficiente para los siguientes fines:
a) Menospreciar, hostilizar u ofender gravemente a un colectivo social.
b) Enaltecer a los responsables de dichos delitos.
c) Propiciar o estimular la violencia terrorista.
d) Sirva como medio para adoctrinar con fines terroristas.
TERCERO.- El Proyecto de Ley contra el negacionismo
que hemos expuesto, pone en peligro las libertades que la Constitución señala
en cuanto a libertad de expresión, opinión, creación intelectual, artística,
técnica y científica.
CUARTO.- El Perú ha vivido un conflicto armado
interno que enlutó al país y este drama colectivo se ha reflejado (y continúa
reflejándose) en creaciones literarias, artísticas, artículos de opinión y
obras de análisis científico-social que no deben ser censuradas por ley alguna.
QUINTO.- De aprobarse este proyecto y promulgarse la
ley, los jueces y fiscales estarían facultados para interpretar el grado de
responsabilidad -dolosa o culposa- de escritores, artistas e intelectuales que
se refieran en sus obras a hechos y personajes que participaron en el conflicto
armado interno. Esta libre interpretación de jueces y fiscales los autorizaría
a calificar qué obras o autores enaltecen a los responsables de delitos de
terrorismo, propician o estimulan la violencia o sirven para adoctrinar con
fines terroristas.
SEXTO.- Por
estos motivos, los escritores, poetas, artistas, intelectuales y profesionales
que firmamos el presente documento rechazamos el proyecto de ley contra el
negacionismo, previniendo a la opinión pública sobre las consecuencias que
traería su aplicación en el campo del arte y la cultura, así como en el del
periodismo y las ciencias sociales. Asimismo señalamos el carácter
anti-constitucional del proyecto mencionado y su plena identidad con regímenes
totalitarios de corte fascista que han oficializado la persecución de personas
por motivo de ideas.
FIRMAS:
Dante Castro Arrasco, escritor, docente y periodista DNI N° 25402972Gonzalo Espino Relucé, poeta, docente universitario. DNI N°07207593
Mary Ann Agurto. Poeta, promotora cultural. DNI N° 40140144
Bernardo Rafael Álvarez, poeta. DNI N°25486055
Javier Arévalo, escritor, periodista y editor, DNI N° 07237428
Ysabel Gutierrez Yagui. Abogada defensora de Derechos Humanos. DNI N° 09843047
Oscar Calderón Torres, poeta,docente. DNI N° 09327384
Juan Soria Cevallos, periodista. DNI N° 09675756
Ricardo Virhuez Villafane, escritor y editor. DNI N° 08480806
Dimas Arrieta Espinoza, escritor y docente universitario. DNI N° 07919044
Jorge Casilla Lozano, escritor y docente. DNI N° 41571451
Percy Ramírez, escritor, docente universitario. DNI N° 10070847
José Eduardo Bendezú Gutarra, poeta. DNI N° 70440561
Eduardo Gonzalez-Viaña, escritor y docente DNI 18172685
Walter Lingán, poeta y escritor. DNI N° 523522780
Mary Soto Bringas, poeta y periodista. DNI N° 08628144
Ana María Intili, poeta y doctora en medicina. DNI N° 08245377
Timoteo Atoche Gutiérrez, arquitecto. DNI N° 08246049
Gerado Benavidez Caldas, sociólogo y docente. DNI N° 06204078
Edgar Saavedra, escritor. DNI N° 10144958
Rogger Tang Rios poeta y narrador DNI N° 32835718
Ivan Alfonso Loyola Velarde, escritor. DNI N° 06474063
Rosa Emma Robles Trinidad, socióloga y declamadora. DNI N° 46270470
Irene Vegas García, catedrática, crítica y poeta. DNI N° 06407679
Pedro Manuel Truel Robles, antropólogo. DNI N° 40463026
César García Lozada, economista y escritor. DNI N° 06182908
Víctor Aguirre Aroni, historiador. DNI N° 43300968
Casimiro Ramírez Tenorio, escritor. DNI N° 08341884
Arturo Vicente Aponte Nuñez, abogado, poeta y luchador social. DNI N° 07281225
Yasmín Díaz Gavilán, periodista. DNI N° 09851438.
José Carlos Medina Montes, estudiante de Derecho y dramaturgia. DNI N° 45191418
Javier Enrique Garvich Rebatta, sociólogo, promotor cultural. DNI N° 08822336
Juan Cristóbal, poeta y docente. DNI N° 08705429
Jorge Espinoza Sánchez, editor, escritor y poeta. DNI N° 8636855
Sócrates Zuzunaga Huaita, escritor. DNI N° 09900323
José Antonio Mazzotti, poeta y catedrático. DNI N° 06350301
Rosina Valcárcel Carnero, poeta y catedrática. DNI N° 07330070
César Ángeles, escritor, periodista y docente universitario. DNI N° 08775721
José Abelardo Güich Rodríguez, escritor, periodista y docente. DNI N° 07272400
Roger Santibáñez, poeta y docente universitario DNI N° 08104162
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